Control de impagados
Tan pronto como se conoce la devolución de un recibo, se comunica al propietario esta incidencia, bien por correo ordinario en un sobre cerrado, telefónicamente o mediante una carta que se entregará en mano al conserje de la comunidad. Si no se obtuviera respuesta a la comunicación escrita, se informará telefónicamente sobre la devolución, solicitando la confirmación del medio de pago de la deuda.
Cada mes se enviará una carta al propietario moroso en la que se incluirá el detalle de su cuenta deudora con los conceptos (cuotas, derramas, consumos, liquidaciones, etc.), por los que se reclaman las cantidades adecuadas.